Obras mayores

¿Qué es y para qué sirve?

Solicitud de licencia municipal de obra mayor.

Son obras mayores:

  • Nuevas obras de construcción
  • Obras de reforma o rehabilitación que afectan a elementos comunes (fachada, entrada, escalera…) o a la estructura
  • Obras de urbanización
  • Movimientos de tierras
  • Demoliciones

Personas destinatarias:

Personas físicas o jurídicas interesadas.

Documentación a presentar y/o requisitos:

  • Impreso “Solicitud de licencia de obras mayores”. Puedes descargarte y utilizar esta instancia.
  • Proyecto técnico (en los casos en que se requiera). En papel y en soporte digital.
  • Proyecto de andamiaje (en los casos que se requiera)
  • Documentación complementaria que estime el técnico municipal.

Plazo de presentación:

Ilimitado (siempre antes de la fecha de inicio de las obras).

Lugar de presentación:

DEPENDENCIA: Oficina atención al público. Ayuntamiento. Santa Ana 1-Planta Baja.

HORARIO: De lunes a viernes: 09:30-14:00
Contacto e información:
Teléfono: 943 75 30 45
e-mail: bulegoteknikoa@soraluze.eus

Importe / Tasas:

Conforme a las ordenanzas municipales aprobadas:

  • Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (consultar PDF).
  • Ordenanza reguladora de tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades administrativas (consultar PDF).

Y las correspondientes a Aprovechamiento urbanístico, si lo hubiera.

Unidad tramitadora:

Urbanismo

Órgano de resolución:

Alcaldía

Plazo de resolución:

Tres meses

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Normativa legal:

  • Ley 2/2006, de Suelo y Urbanismo
  • Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo.
  • Real Decreto 2187/1978, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística
  • Plan General y documentos urbanísticos de desarrollo
  • Ordenanza reguladora de tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades administrativas
  • Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

Notas:

  • Antes de realizar la solicitud, se recomienda estar con los técnicos municipales
  • Dependiendo del carácter de la obra, a la solicitud se le podrá aplicar la normativa especial.
  • El hecho de haber presentado la solicitud no adopción a comenzar las obras; hay que esperar hasta tener la licencia municipal.
  • Esta solicitud ha de presentarse en el Registro Municipal, y una vez visado, hay que abonar las tasas municipales correspondientes.