Inspección técnica de edificios
La Inspección Técnica de un Edificio (ITE) es un informe técnico, realizado por un técnico competente- arquitecto o aparejador, en el que se describe, una vez realizada una inspección visual del edificio, su estado de conservación, los desperfectos que presenta y sus posibles causas. El informe incluye asimismo una propuesta de las obras necesarias para la reparación de las deficiencias observadas. Se completa con un informe sobre las condiciones básicas de accesibilidad universal y con el certificado de eficiencia energética del inmueble.
¿Qué es la ITE?
La ITE es un instrumento que sirve de ayuda para aumentar el conocimiento de las condiciones de seguridad, habitabilidad y confort de los edificios existentes, así como su debido mantenimiento en prevención de futuros daños. Asimismo será de utilidad para programar y priorizar las reparaciones que el estado de conservación que edificios de más de 50 años requieren.
¿Es Obligatorio Pasar la ITE?
Si tu edificio tiene más de 50 años, SI .Desde la aparición de las ITEs en la ley del suelo del País Vasco, es obligación de los propietarios de edificios de más de 50 años, encomendar a un técnico facultativo, la realización de una Inspección Técnica de la Edificación.
¿Quién tiene obligación de presentar la ITE?
La obligación de presentar la ITE corresponde a la propiedad del edificio y debe considerarse incluida en el deber legal de conservación del mismo. El incumplimiento de esta obligación tiene la consideración legal de infracción urbanística.
¿Dónde y cuándo hay que presentar la ITE?
La ITE debe presentarse en el Ayuntamiento en el formato que la legislación aplicable prevé.
Los edificios cuya finalidad sea la de vivienda y siempre y cuando el 27 de junio del 2017 tengan 50 o más años, tendrán como plazo máximo para realizar la ITE, el 27 de junio del 2018. Quedarán excluidos los edificios que para dicha tengan realizada dicha inspección.