Asistencia jurídica antidesahucios

Asistencia jurídica antidesahucios

04/03/2016
La Diputación Foral de Gipuzkoa ha puesto en marcha un nuevo servicio de asistencia jurídica para asesorar a personas en riesgo de perder su vivienda.

La Diputación Foral de Gipuzkoa ha puesto en marcha un Servicio de Asistencia Jurídica especializada para personas en riesgo de perder su vivienda habitual.

La responsable del Área de Salud, Bienestar Social e Inmigración, la socialista Patricia Borinaga, considera importante dar a conocer a las y los Soraluzetarras la existencia de este servicio e informarles de las situaciones en las cuales pueden acceder al mismo y de los requisitos que deben cumplir para hacerlo.

El objetivo principal de este servicio, que se ofrecerá de manera coordinada entre los Ayuntamientos y la Diputación, es el de cumplir una función social reequilibradora  entre la ciudadanía y las entidades financieras.

El servicio actuará en las siguientes fases:

Fase preprocesal: Cuando la persona se ve sin recursos económicos para poder hacer frente a la deuda hipotecaria o personal, ha incurrido en varios impagos y ve muy improbable poder hacer frente a los futuros pagos de la deuda.

Fase procesal: Cuando a la persona que, a pesar de encontrarse sin recursos económicos para hacer frente a la deuda de cuyo impago puede depender la pérdida de su vivienda habitual, no se le ha concedido la justicia gratuita.  Situaciones en las que se han dejado de pagar las cuotas, la entidad financiera ha interpuesto demanda judicial y la persona deudora ha sido emplazada por el juzgado y se encuentra en cualquiera de las fases procesales, bien a la espera de subasta pública bien incluso ante su lanzamiento.

Los requisitos de acceso al servicio son los siguientes:

Estar empadronado en Gipuzkoa,  ser deudor de buena fe, hallarse en riesgo de exclusión social y NO tener más vivienda que la habitual.

Que los ingresos de la unidad familiar NO superen más de 5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)

Que la unidad familiar NO disponga de ahorros u otros productos financieros que superen los 12.000 euros.

Que la unidad familiar NO disponga de otros bienes cuyo valor catastral supere los 24.000 euros, salvo locales destinados al ejercicio de la profesión habitual en el caso de los trabajadores autónomos.

El primer paso que debe dar toda persona en riesgo de exclusión social por pérdida de su vivienda habitual interesada en acceder a este Servicio de Asistencia Jurídica es dirigirse al Servicio de Bienestar Social municipal para que estos elaboren un diagnóstico económico, personal y jurídico de la situación y valoren tanto la conveniencia de acceso al servicio como la conveniencia de asistir con medidas de carácter social o psicológicas a la persona afectada.